top of page

Hasta 20 años sin cargos: EdoMéx refuerza castigos por nepotismo

  • hace 2 horas
  • 2 Min. de lectura

La iniciativa del diputado José Miguel Gutiérrez de sancionar el nepotismo con la destitución e inhabilitación del cargo hasta por 20 años avanza en la Legislatura mexiquense, por medio de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, donde se considera que esta práctica es una falta administrativa grave.


Se dio a conocer que quienes incurrirán en esta práctica serían las personas públicas que nombren o intervengan para contrataciones, en el ente público en que ejercen funciones, a personas con las que tengan lazos de parentesco por consanguinidad, de afinidad hasta el segundo grado o vínculo de matrimonio o concubinato,por lo que para castigar esta práctica los lazos de parentesco por consanguinidad serán hasta el cuarto grado y de afinidad hasta el segundo grado.


Asimismo, se avaló que incurrirán en esta práctica los servidores públicas que designen, nombren o intervengan para contrataciones, en el ente público en que ejercen funciones, a personas con las que tengan lazos de parentesco por consanguinidad, de afinidad hasta el segundo grado o vínculo de matrimonio o concubinato. Además, se considerará como falta administrativa grave en caso de que la persona servidora pública se valga de de las atribuciones o facultades de su empleo, cargo o comisión, directa o indirectamente, para esas contrataciones como personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios.


La iniciativa busca reformar la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México, así como homologar dicha ley con la Ley Orgánica del Poder Judicial estatal, ya que si bien el nepotismo estaba tipificado desde 1990, desde 2017 solo se contempla de manera implícita como parte del ’conflicto de intereses’.


Conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, entre las sanciones que el Tribunal de Justicia Administrativa puede imponer a las y los servidores públicos que incurran en faltas graves se encuentran: la suspensión del empleo, cargo o comisión sin goce de sueldo de 30 a 90 días naturales; la destitución; y la imposición de una sanción económica cuando la falta genere beneficios, hasta por el doble de lo obtenido, sin que esta pueda ser inferior a dicho monto, sin perjuicio de otras sanciones aplicables.


También se prevé la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas: de uno a 10 años cuando la afectación no exceda de 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y de 10 a 20 años cuando exceda ese monto. Cuando no haya daños ni beneficio o lucro, la inhabilitación será de tres meses a un año, además de que el Tribunal podrá imponer una o más sanciones compatibles según la gravedad de la falta.


Además, se podrán dictar medidas de no repetición para evitar futuras violaciones a derechos humanos y en caso de daños a la Hacienda Pública Estatal o Municipal o al patrimonio de los entes públicos, determinará el pago de indemnización, obligando a reparar la totalidad de los daños, con responsabilidad solidaria para quienes hayan obtenido un beneficio indebido.


Comentarios


BANNER AULAMEXIQUENSE.gif
WhatsApp Image 2022-08-18 at 10.03.28 AM.jpeg
AULA.gif
blanco.png
#LoQueQuieresOír

© 2026 Oriente Capital Radio. Todos los derechos reservados.
Prohibida la reproducción total o parcial, incluyendo cualquier medio electrónico o magnético.

  • Facebook
  • X
  • YouTube

Teléfono: (55) 4121-5946

Informativo@OrienteCapital.com

La Magdalena Atlicpac C.P. 56525. La Paz, México.

bottom of page