Asalariados, los que más pagan al SAT
Según las estadísticas del SAT, más de 50 por ciento de los contribuyentes en el Estado de México son asalariados y, al igual que a nivel nacional, son los que generan más ingresos al erario público.
De diciembre de 2015 a marzo de 2018 el padrón de contribuyentes en la entidad pasó de 4 millones 970 mil 370 a 6 millones 854 mil 612, registrando un aumento de 37.9 por ciento, según datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Por su parte, el Instituto Nacional de Estadística y Geografia (Inegi), tiene registradas 618 mil 163 unidades económicas hasta el 2014, fecha en que se realizó el último censo económico.
Si bien en cuatro años hay una alta posibilidad de que haya un aumento en esas unidades, no superarían más de la mitad del número de contribuyentes en el SAT registrados hasta este año, puesto que las unidades económicas sólo representan nueve por ciento.
Por lo tanto, se estima que al menos 60 por ciento de los contribuyentes son asalariados, 30 por ciento son personas físicas, morales y grandes contribuyentes.
De acuerdo con algunos de los especialistas en el tema, el aumento en el padrón se dio al entrar en vigor la Reforma Hacendaria, que dio facilidades para ingresar a éste, con la finalidad de que los impuestos recaudados suplieran los ingresos del petróleo que se encontraban a la baja.
Sin embargo, el monto de lo recaudado por el SAT a nivel regional no se encuentra especificado en sus datos abiertos del portal. Referente al Estado de México sólo se puede saber que al cierre de diciembre del 2015 el SAT tenía 4 millones 970 mil 370 contribuyentes registrados; en diciembre del 2016 el número aumentó a 5 millones 704 mil 300; mientras que en diciembre del 2017 se registraron 6 millones 652 mil 624 y hasta marzo de 2018 hay 6 millones 854 mil 612.
Este 15 de mayo, se venció la fecha para presentar la declaración anual y, según el Sistema de Administración Tributaria, las multas por no cumplir con la declaración anual va de mil 400 hasta 28 mil 500.
Aunque se puede presentar la declaración después, se debe pagar un cargo por ser extemporánea, así como los recargos que en su caso procedan.